Tasación, valoración y valor de referencia: en qué se diferencian
Tasación, valoración, valor de referencia, valor catastral… A la hora de vender o heredar una casa aparecen varias «cifras oficiales» que suenan parecido y que la gente mezcla con facilidad. Confundirlas lleva a errores caros, como poner el precio de venta según el valor catastral o pagar de más en un impuesto. Vamos a aclararlas una a una.
La valoración de mercado
Es una estimación de lo que se pagaría hoy por tu vivienda en el mercado, a partir de datos de la zona y de las características de la casa. Sirve para poner el precio de venta con criterio, para negociar con datos y para decidir qué hacer con una casa (venderla, alquilarla, quedártela). Suele ser gratuita y rápida, y puedes hacerla online.
Es la que necesitas para vender: te dice el número realista con el que salir al mercado. En ValoraBurgos la calculamos gratis en dos minutos con datos reales del mercado de Burgos.
La tasación oficial (homologada)
La tasación es una valoración formal firmada por un tasador homologado, siguiendo una normativa concreta. Su uso más habitual es la hipoteca: cuando tu comprador pide un préstamo, su banco exige una tasación oficial para saber cuánto está dispuesto a financiar. También se usa para herencias, divorcios o procesos judiciales cuando hace falta un valor «con firma».
A diferencia de la valoración, la tasación es de pago (suele costar del orden de 150 € a 400 €) y tiene una validez limitada (habitualmente seis meses). No la necesitas para poner tu casa a la venta; la necesitará el comprador para su hipoteca.
El valor de referencia del Catastro
Es un valor que fija el Catastro para cada inmueble y que, desde 2022, funciona como base mínima para pagar impuestos como el de Transmisiones (al comprar de segunda mano) o el de Sucesiones y Donaciones (al heredar o donar). No es el precio de mercado, y a veces está por encima o por debajo de lo que realmente vale la casa.
Importa por dos motivos: marca lo que pagas de impuestos al heredar o comprar, y si te parece que está inflado, se puede recurrir. Puedes consultarlo en la Sede Electrónica del Catastro. Ojo: no lo confundas con el valor catastral «de toda la vida» (el que aparece en el recibo del IBI), que es otra cosa y suele ser mucho más bajo.
¿Cuál necesitas según tu caso?
- Quieres poner tu casa a la venta: una valoración de mercado.
- Tu comprador va a pedir hipoteca: una tasación oficial (la encarga él).
- Vas a heredar, donar o comprar y quieres saber por qué valor tributas: el valor de referencia del Catastro.
- Repartes en una herencia o un divorcio y necesitáis una cifra firmada: una tasación.
El error de confundirlas
Los dos fallos más habituales: poner el precio de venta según el valor de referencia o el valor catastral (que no reflejan lo que pagaría un comprador) y aceptar el valor de referencia sin comprobar si está inflado antes de liquidar un impuesto. En ambos casos, partir de una buena valoración de mercado te ahorra dinero.
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